El Gobierno reglamentó el impuesto a los servicios digitales

Con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, el Decreto 354/2018 formalizó el cobro del IVA a los servicios digitales cuando son prestados por sujetos del exterior.                                           

El Gobierno reglamentó el cobro del IVA a los servicios digitales cuando son prestados por sujeto del exterior. Lo hizo a través del Decreto 354/2018 que lleva la firma del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne.

Tal como lo había anticipado El Cronista, la norma establece que "el impuesto se hallará a cargo del prestatario, ya sea en forma directa o a través del mecanismo de percepción", según el caso. Y añade: "De mediar un intermediario residente o domiciliado en el país que intervenga en el pago, éste actuará como agente de percepción y liquidación".

En sus considerandos el decreto resalta la "constante evolución de la economía digital" y, en particular, de "los denominados servicios digitales"; y la consiguiente "dificultad" para establecer regulaciones en materia tributos generales cuando los prestatarios "no revisten la calidad de sujetos de esos impuestos por otros hechos imponibles".

En esa línea, la norma dispone que, de existir más de un intermediario residente o domiciliado en el país que intervenga en el pago, el carácter de "agente de percepción y liquidación será asumido por aquél que tenga el vínculo comercial más cercano con el prestador del servicio digital".

El artículo 2° establece que la AFIP deberá "confeccionar y mantener actualizados listados de prestadores" de servicios digitales alcanzados, en los que se distinga entre quienes sólo prestan servicios digitales y quienes realizan también otras operaciones.

Y concluye: "El prestatario quedará obligado a liquidar e ingresar el impuesto, cuando no medie un intermediario residente o domiciliado en el país que intervenga en el pago, así como también cuando, mediando un intermediario que reúna la característica antes señalada, éste no deba actuar como agente de percepción y liquidación. Para la determinación del impuesto, en aquellos casos en que su liquidación e ingreso se encuentre a cargo del prestatario, las operaciones en moneda extranjera se convertirán al tipo de cambio vendedor del BNA, al cierre del día anterior a aquél en el que se perfeccione el hecho imponible".

Recaudación millonaria

Desde el Gobierno confían en recaudar entre $ 1000 y $ 1500 millones a través de la aplicación del IVA a los servicios digitales, principalmente Netflix, Spotify, Tinder, Happn y a los grandes centros de distribución online de apps pagas, como Google Play y Apple Store.

La disposición, vale recordar, nació de la reforma tributaria aprobada a fin de año y entra en vigencia hoy con su publicación en el Boletín Oficial.

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