Reforma impositiva: preocupa la falta de lista de AFIP de paraísos fiscales

El organismo recaudador tiene en gateras un listado de países, territorios o regímenes especiales que tienen una tasa de impuesto a la renta inferior a 15% que había sido pedido por contadores. Cuando las empresas trabajan con ese tipo de sistemas tributarios sufren castigos en Ganancias.

La última reforma de la Ley del Impuesto a las Ganancias introdujo una definición que buscó adecuar a los conceptos que utiliza la OCDE en la actualidad el antiguo concepto de paraíso fiscal. Pero ni la norma ni su decreto reglamentario volvieron a promulgar una lista de las jurisdicciones que responden a ese criterio. Ahora la AFIP impulsa su publicación.

Fuentes calificadas indicaron en reuniones con contadores que el listado de países, territorios, jurisdicciones o regímenes especiales ya está preparado y en el corto plazo será publicado. No está claro si se pondrá en vigor mediante un decreto, una resolución del Ministerio de Hacienda o del organismo recaudador.

Pero lo que es cierto es que la AFIP trabajó activamente en el desarrollo del listado, que "incluirá bastantes regímenes especiales", según las fuentes.

Algunos de esos sistemas tributarios de baja o nula tributación son por ejemplo los regímenes de zona franca y de mercadería en tránsito de Uruguay, entre otros.

Paraíso fiscal era donde no se pagaban impuestos , precisó Fernanda Laiún, de Laiún, Fernández Sabella & Smudt, y agregó que “más tarde llego la definición de la OCDE que los definió para las jurisdicciones en las que se paga menos del 15% de impuesto a la renta empresaria".

Luego se promulgó en Argentina una lista taxativa incluida en la reglamentación del Impuesto a las Ganancias que transformó su concepto en el de países no cooperadores en materia de intercambio de información.

Estos países debían estar incluidos para ser considerados no cooperadores en un listado de publicación mensual por parte de AFIP que quedó inmóvil en diciembre de 2017, recordó Laiún.

Desde la reforma impositiva, la definición aplicable desde el 1 de enero de 2018 dice que son jurisdicciones de baja o nula tributación los países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales que establezcan una tasa máxima a la renta empresaria inferior al 15%.

Operar con un paraíso fiscal trae muchas consecuencias en el Impuesto a las Ganancias , dijo Laiún.

Y concretó que, entre ellas, se cuentan que le contribuyente deba probar el valor de las operaciones con la metodología de precios de transferencia, que los resultados de la sociedad radicada en el paraíso se transformen en transparentes o que el gasto no pueda considerarse como tal hasta tanto no se pague.

Algunos de esos sistemas tributarios de baja o nula tributación son por ejemplo los regímenes de zona franca y de mercadería en tránsito de Uruguay, entre otros.

Para Laiún, la pregunta clave es mientras no haya listado dónde obtener esa información.

Un número variable

No hay un número determinado de países o territorios o jurisdicciones ya que el número depende de quién compile la información. Así la ONU reconoce a 193 miembros más el Vaticano  y Palestina, pero hay otros que no son miembros o que tienen reconocimiento limitado. En tanto, la FIFA cuenta con 211 asociaciones afiliadas, por ejemplo.

El paso siguiente es conocer el porcentaje que se paga de Impuesto a las Ganancias en un país, dominio, jurisdicción, territorio, estado asociado o en un régimen tributario especial. Sobre esto, no hay información pública disponible, excepto la que proporciona la OCDE limitada a 94 jurisdicciones.

Del universo OCDE solo 19 jurisdicciones informan una tasa del impuesto a las ganancias menor al 15%.

No hay un número determinado de países o territorios o jurisdicciones ya que el número depende de quién compile la información.

Todas esas jurisdicciones, a excepción de Bahrein son cooperados en materia de intercambio de información para Argentina, aunque esto no mejora el tratamiento impositivo de las operaciones que se efectúan con ellas, precisó Laiún, mientras que quedan sin información 99 jurisdicciones.

La información sobre impuestos y tasas que proveen firmas de consultoría global comprenden una cantidad de países o jurisdicciones más cercana a las de la ONU, y se agregan unas pocas jurisdicciones con tasas inferiores al 15%.

Si el Poder Ejecutivo no publicara un listado obligaría a cada contribuyente a determinar si el sujeto del exterior con el que opera está radicado en un país, dominio, jurisdicción, territorio o estado asociado que grave la renta empresaria en menos del 15%.

Incluso, si está dentro de un país con una tasa mayor, la empresas argentina debe determinar si el sujeto del exterior disfruta de un régimen tributario especial que lo haga pagar una tasa menor al 15%, concluyó Laiún.

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