Llegaron nuevos cambios al IVA Netflix, ¿cómo te afecta?

El nuevo "impuesto Netflix" ya está reg reglamentado. Qué va a cambiar a la hora de pagar los servicios digitales.

El gobierno nacional, a través de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuya modificación fue dictada en diciembre del año pasado, finalmente involucró a los servicios digitales extranjeros que operen en el país, como es el caso de la plataforma Netflix o el servicio de streaming de música Spotify

Según el Decreto 813/2018, refrenda que el nuevo alcance del impuesto IVA será reglamentado a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), tal como viene haciendo desde mayo de este año.

 

Cambio fundamental

El principal cambio respecto a la resolución de AFIP es que a partir de mañana, se reglamenta la figura de responsable sustituto que es quien opera como intermediario entre el proveedor de servicio y los consumidores locales. "Si alguien trae un deportista del extranjero para una exhibición de un día no pagaba impuesto IVA, eso era injusto con el deportista argentino que hacía el mismo trabajo", explica Sebastián M. Domínguez, socio de SDC, asesores tributarios. "Aún falta la reglamentación de la AFIP", agrega el experto.

La alícuota correspondiente se aplicará sobre el precio neto de la operación que resulte de la factura o documento equivalente extendido por el sujeto del exterior. En los casos en que la liquidación e ingreso del impuesto resultante se encuentre a cargo del intermediario que intervenga en el pago, a efectos de determinar en moneda nacional el importe sujeto a percepción, se tomará el tipo de cambio vendedor que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina, al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha de emisión del resumen o liquidación.

 

¿Qué pasa con Netflix?

"Lo que hace el decreto es derogar el anterior e incorporar todo a esa normativa. En principio el objetivo no era modificar lo de servicios digitales sino incorporar al decreto todo lo que estaba en el anterior. Ya se hizo algo exclusivo para digitales pero ahora se incorporo", desarrolla Domínguez. El impuesto a los servicios digitales ya se había reglamentado -cuando la AFIP creó dos listados de servicios basados en tecnología que son alcanzados por el impuesto- y comenzó a operar desde junio de este año

La reglamentación es parte de la reforma tributaria que el Congreso votó a fines de 2017. El impuesto se calcula sobre el precio total del servicio que figure en la factura. El pago del mismo se hace con la tarjeta de crédito y aparece en el resumen del primer mes de cobro, aunque los pagos se realicen de manera parcial.

En resumidas cuentas, el decreto del gobierno reglamenta cómo se pagarán los impuestos IVA para que sean concordantes con la resolución de AFIP de hace ya varios meses.

En el caso del uso en el exterior, ahora los usuarios pueden declarar no estar usando el servicio en territorio nacional y por lo tanto no deberían estar sujetos a las tributaciones locales. "Si se usa una aplicación en un teléfono argentino con número argentino, se supone que se usa en el país. Pero el usuario puede presentar la documentación que argumente que está, por ejemplo, trabajando en los Estados Unidos y estaría eximido", dice  Ezequiel Passarelli, asociado de los asesores tributarios SCI Group y profesor en la Universidad de Buenos Aires.

Finalmente, lo que cambia es que el decreto se ajusta en base a la reglamentación de mayo. Entonces, respecto al pago del impuesto, todo sigue igual pero la parte legal ganó en previsibilidad y exactitud.

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