Programa ATP: empresas ya pueden pedir la baja antes de recibir los subsidios de mayo

Las firmas que quieran desistir de los beneficios debido a las restricciones financieras ya no deberán esperar que la ANSeS gire las asignaciones y podrán tramitar su baja ahora.

Aquellas empresas que habían ingresado al programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán desistir de los subsidios para el pago de los sueldos de mayo antes de que los reciban, antes de la primera semana de junio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó una vía para que las compañías que quieran salir del ATP debido a las restricciones financieras impuestas el 18 de mayo, cuando ya había sido reabierta la inscripción al programa, puedan hacerlo.

Es que las firmas que ingresen al ATP no podrán operar dólar MEP ni CCL, distribuir utilidades, recomprar acciones ni realizar transferencias a paraísos fiscales. Para las de más de 800 empleados las restricciones aplicarán por 24 meses, mientras que para las de menos de esa cantidad durará un año.

Hasta el momento, el Fisco había creado un sistema de reintegros en el que las empresas podrían devolver los fondos recibidos de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) pero una vez después de recibirlos y hasta el 20 de junio.

El monto retornado tendrá un interés ajustado por CER y luego se deberá realizar una presentación digital que notifique la cantidad de empleados y la cifra de las asignaciones reintegradas.

Las empresas grandes de más de 800 empleados, que ya tenían las restricciones desde el mes pasado, por lo que ya pueden devolver los fondos percibidos en abril y precancelar los de mayo. En este caso, el interés será más relevante, dado que comenzaron a correr desde la fecha en la que se giraron los subsidios. Tienen tiempo hasta el 31 de mayo.

"Esta posibilidad de pedir la baja es muy positiva ya que termina con la incertidumbre en la que se encontraban las empresas que querían renunciar al pedido que habían realizado por el mes de mayo de 2020", explicó el tributarista Sebastián Domínguez.

Para hacerlo, las empresas deberán ingresar con su clave fiscal 3 al portal de AFIP, al servicio del programa ATP. Allí podrán seleccionar la opción de solicitar la baja de los beneficios de mayo. 

 

 

 

Luego, el sistema devolverá un mensaje que indica que el proceso se realizó con éxito y dejará un comprobante del trámite.

 

 

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