Lo que aún falta, luego de la suba del piso de Ganancias

El Poder Ejecutivo anunció un Decreto para elevar las deducciones personales en el impuesto a las ganancias personal en un 20%.
Recordemos que a facultad del Ejecutivo de aumentar estos valores le fue otorgada por la Ley 26731 promulgada a fines del año pasado. Ello así, no se necesitará ninguna ratificación por medio de Ley de la modificación que se plantea.
Es bueno repasar que similar medida fue tomada para los años 2010 y 2011 por medio de sendas Resoluciones dictadas oportunamente por la AFIP, y que luego fueran legalizadas por la Ley referida.
El impacto de esta medida en los bolsillos de los asalariados o autónomos no será tal vez todo lo deseado ya que debería impulsarse también una Ley que modificara los tramos de escala de imposición que percuten sobre las personas físicas, cuyos valores no se indexan por inflación desde el año 2000. Esta situación, genera en ciertos casos que tributen en un quantum considerable personas que no manifiestan capacidad contributiva para dicha imposición.
El proyecto normativo denominado Plan Antievasión III que ha tomado conocimiento público recientemente, otorgaría el Poder Ejecutivo la facultad de modificar dicha escala de imposición en forma directa, sin necesidad de su tratamiento en el Congreso.
Por lo tanto, si bien la medida es loable y generará de aprobarse ahorro fiscal, el mismo será relativo. Su efecto, dependerá también de la suerte que corran los trabajadores en las paritarias, ya que cualquier aumento que se obtenga de sueldos mayor a este incremento del 20 % será absorbido o neutralizado en parte por el impuesto a las ganancias.
Es necesario destacar que esta modificación necesariamente tendrá efectos retroactivos al primero de enero de 2013, por lo tanto, aquellos trabajadores que hayan sufrido ya retenciones del gravamen tendrán la devolución total o parcial del impuesto, según el nivel de salarios que detenten.
Muy vinculado con este tema, es el monto mínimo a partir del cual las personas físicas deben pagar el denominado Impuesto sobre los Bienes Personales . Fijado actualmente en $ 305.000, no se actualiza para reflejar los efectos de la inflación desde el año 2007. Sin embargo, no tenemos conocimiento de ningún proyecto que se estuviera impulsando a efectos de elevarlo a valores acordes con la capacidad contributiva. Es de esperar que las autoridades aprecien el citado monto a fin que tributen el gravamen realmente personas que demuestren capacidad patrimonial para hacerlo.
Es importante que las autoridades tomen nota de los efectos inflacionarios y/o de crecimiento de la economía para que los impuestos graven o recaigan verdaderamente y en su justa medida sobre aquellos sujetos que demuestren verdadera capacidad contributiva para hacerlo. La medida de apreciar el valor de las deducciones personales del impuesto a las ganancias es relevante y destacable, pero debería ser acompañada por la actualización de la escala de imposición del gravamen para que su efecto sea el adecuado. El mismo temperamento, debería imperar en el aumento del mínimo que rige el impuesto patrimonial sobre los bienes personales.
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