05 de Junio de 2008 - 16:24 |

Actualidad | Gobierno

Se aprobó la ley de delitos informáticos

La Cámara de Diputados transformó en ley un proyecto para penar delitos informáticos con multas de entre $ 1.500 y $100.000, y prisión máxima de 6 meses para las violaciones de correo electrónico y de 4 años para los que publiquen pornografía infantil en Internet.

 
por María Arias
 
 Imprimir  Recomendar

La facilidad para subir contenidos en la web es uno de los grandes atractivos de Internet. Pero la incapacidad para controlar la cantidad y la calidad del contenido que se publica, sigue siendo uno de los principales problemas del ciberespacio. La Cámara de Diputados argentina aprobó el proyecto de ley para modificar el código penal que prevé la penalización por delitos informáticos.

Según esta nueva disposición, las penas para la publicación de pornografía infantil son de 1 a 4 años de prisión, y para el robo de información e intromisión en los correos electrónicos las penas pueden ser de 15 días a 6 meses de arresto.

Gustavo Tanús, abogado especialista en derecho informático, cree que lo bueno de esta ley es que es “tecnológicamente neutra, es decir que no quedará obsoleta frente a la aparición de alguna nueva tecnología”. Esto significa, por caso, que si en cinco años surge un medio que supera al correo electrónico tradicional no debería ser necesario cambiar la normativa.

Tanús también hace referencia a la oposición hacia la ley por ciertos sectores que se encargan de realizar tareas de intermediación en Internet, como los ISPs. “Me parece que queda claro que estas personas no van a ser castigadas  si en el cumplimiento de su actividad llegan a acceder a determinada información, desviar algún mensaje o sufrir algún problema técnico. La aplicación de la ley es sólo para los que lo hacen en forma dolosa”, explica. 

El proyecto fue presentado en 2006 por el entonces presidente de la Comisión de Comunicaciones e Informática, Osvaldo Nemirosci, y los legisladores, Andrés Zottos, Juan Manuel Irrazábal, Diana Conti, Delia Bisutti y Adrián Pérez. En 2002 también se había impulsado un proyecto similar que nunca terminó de tratarse en las sesiones.

Si bien en este caso la ley está aprobada por ambas cámaras habrá que esperar la letra chica de su normativa. En ese momento se sabrá realmente el alcance del tan ansiado texto.

Comentarios (3)
por Felix
Si es una norma que aplica penas estamos dntro del derecho penal y estas no necesitan normativa. ¿Que alcance pretendes encontarar? tenes el nro de ley?
por PMF
Elmer, entendemos que no es necesario aclarar en cada nota que estamos hablando de la Argentina. Cuando hablamos de otro país lo aclaramos.
por Elmer Alavid
En que país?
Ingrese su comentario
Nombre Código de validación
Comentario
Galería de Imagenes
Herramientas
del.icio.us
Google
Bookmark
Technorati
Barrapunto
Neodiario
Facebook
Meneame
Yahoo My Web
Fresqui
Barrapunto
Enchilame